El riesgo fiscal incluye cualquier impacto financiero o reputacional adverso derivado de una interpretación incierta de las leyes fiscales o del incumplimiento de las obligaciones de cumplimiento. En consonancia con nuestro enfoque más amplio de la gestión de riesgos y la gobernanza:
- Sólo realizamos operaciones comerciales y las posiciones fiscales que adoptamos se ajustan a las leyes y prácticas aplicables;
- No utilizamos estructuras fiscales artificiales o artificiosas que tengan como objetivo la evasión fiscal o que tengan una sustancia comercial limitada;
- Fijamos el precio de las operaciones internacionales con partes vinculadas en condiciones de independencia mutua para cumplir la normativa fiscal de las jurisdicciones pertinentes;
- En circunstancias en las que la legislación fiscal no está clara o está sujeta a interpretación, obtenemos asesoramiento externo independiente; y
- Intentamos establecer relaciones constructivas con las autoridades fiscales basadas en la transparencia y el respeto mutuo, y colaboramos positivamente con ellas para minimizar el alcance de los litigios.